Si eres propietario de un negocio en las Islas Baleares y abriste tus puertas hace ya varios años, es muy probable que el reloj esté corriendo en tu contra sin que te hayas dado cuenta. La normativa autonómica exige que la gran mayoría de los locales comerciales y negocios superen una inspección técnica de sus instalaciones para poder seguir operando con normalidad.
En concreto, la Ley 7/2013 de régimen jurídico de actividades de las Islas Baleares establece la obligación de que los titulares de las actividades presenten una revisión técnica periódica. Mientras que los grandes establecimientos ya tuvieron que rendir cuentas, ahora es el turno del pequeño y mediano comercio.
En este artículo te explicamos de forma clara y sin tecnicismos innecesarios todo lo que necesitas saber sobre las revisiones técnicas periódicas para actividades permanentes menores, cuyo plazo máximo expira a finales de 2026.
La revisión técnica periódica es una inspección obligatoria que debe realizar un técnico competente (como un ingeniero colegiado) o una Entidad Colaboradora de la Administración (ECAC). El objetivo de este procedimiento no es buscar excusas para cerrar negocios, sino asegurar que los locales siguen manteniendo las condiciones de seguridad, accesibilidad y protección ambiental que tenían cuando se les otorgó la licencia de actividad original.
Esta normativa aplica a las actividades permanentes existentes a la entrada en vigor de la ley (es decir, aquellas iniciadas antes del 28 de febrero de 2014). Si has hecho modificaciones sustanciales en tu local recientemente, también se considera como un nuevo inicio de actividad a efectos de plazos. Si tienes dudas sobre la situación legal actual de tu establecimiento, te recomendamos leer nuestro artículo sobre cómo saber si un local tiene licencia de actividad.
Para entender si tu negocio entra en este grupo, es importante conocer cómo clasifica la normativa los tipos de establecimientos:
Tanto las actividades menores como las inocuas están llamadas a pasar esta revisión próximamente.
El calendario fijado por la administración es estricto. Las actividades permanentes mayores ya tuvieron que presentar su revisión antes del 31 de diciembre de 2024.
Para el resto de casos, que engloba a todas las actividades permanentes menores e inocuas, la revisión técnica deberá presentarse obligatoriamente antes del 31 de diciembre de 2026. Una vez superada esta primera inspección, las sucesivas revisiones deberán realizarse cada diez años.
Dejar este trámite para el último trimestre de 2026 puede ser un error fatal, ya que la demanda de ingenieros colegiados se disparará y los tiempos de tramitación en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Baleares (COGITI) y en los ayuntamientos serán mucho más lentos.
Ignorar este requerimiento legal no es una opción si quieres mantener tu negocio abierto. La propia disposición transitoria undécima de la Ley 7/2013 es muy clara respecto a los incumplimientos.
La no presentación en plazo del informe favorable dará lugar a la incoación de un expediente de caducidad del título habilitante, es decir, podrías perder tu licencia de actividad. Además, esta falta está catalogada como una infracción grave, lo que conlleva multas económicas que oscilan entre los 3.001 y los 30.000 euros.
Te invitamos a profundizar sobre los riesgos legales de tu negocio en nuestra guía sobre las consecuencias de operar sin licencia de actividad.
El trabajo del técnico encargado de tu revisión consistirá en auditar el estado físico y legal de tu negocio. Según el artículo 50 de la ley, el informe debe constar, como mínimo, de las siguientes partes:
Para que este proceso sea lo más fluido posible, es fundamental contar con especialistas. Descubre más sobre el papel de la inspección técnica en la obtención de la licencia de actividad.
Puede darse el caso de que el ingeniero detecte deficiencias en tu local durante la visita. Si el informe resulta desfavorable al presentarse a la administración competente, el Ayuntamiento te otorgará un plazo no inferior a dos meses para que puedas subsanar los errores observados o implementar las medidas correctoras indicadas por el técnico.
Una vez solucionados los problemas, se da cuenta de ello al Registro Autonómico de Actividades, cumpliendo así de forma íntegra con la normativa. Si crees que las modificaciones a realizar en tu local van a ser considerables, te sugerimos revisar los pasos necesarios en nuestra guía de renovación y modificación de licencias de actividad.
Sabemos que la burocracia puede resultar abrumadora para los propietarios de pequeños negocios. En JMPAN Ingeniería operamos bajo una filosofía distinta: seriedad, rapidez y precios competitivos. Nos alejamos de la burocracia lenta y excesiva para ofrecerte soluciones técnicas fiables, adaptadas a la realidad económica de los empresarios locales.
Nos encargamos de todo el proceso de principio a fin, desde la visita inicial a tu local, la elaboración de los planos actualizados, hasta la presentación del informe visado en el ayuntamiento correspondiente. Nuestro equipo te explicará cada paso de manera sencilla y transparente.
No esperes a que llegue el 31 de diciembre de 2026 y las prisas pongan en riesgo la continuidad de tu negocio. Contacta con nosotros hoy mismo y deja la regularización de tu actividad en manos de expertos.